ADMINISTRADORES JUDICIALES
Una investigación criminológica muy necesaria
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Vaya por delante, y que quede bien claro, que la criminología y la criminalística de cualquier profesión, sin excepción alguna que se conozca, resulta odiosa para quienes ejercen esa profesión, en todo momento y lugar. Obviamente, lo que sigue no va a gustar a ningún administrador judicial, pero si el que lo lee es realmente honesto, no debe de darse por aludido y, en la medida de sus posibilidades, sería muy elogiable que reconociera la problemática inmoral o delictiva, proponiendo más y mejores ideas para evidenciarla y combatirla. Lo contrario sería corporativismo, e incluso, encubrimiento o complicidad.

Los nombramientos judiciales de expertos o peritos, y en especial, los de administradores judiciales (en lo que sigue se denominarán así también a los concursales) que se imponen a personas físicas o jurídicas, afectan al patrimonio, honorabilidad y seguridad jurídica de numerosos afectados, sin la mínima vigilancia de fiscales y jueces ni el más mínimo control policial. La normativa vigente, bastante parcheada con no pocos corporativismos interesados, y las libres decisiones de los jueces, que pueden ser muy desconfiados, intolerantes y estrictos con concursados o imputados, abogados o peritos judiciales de partes al mismo tiempo que son amistosos hasta la complicidad en la insolvencia punible con el administrador judicial elegido en cada caso por cada juez, posibilitan múltiples delitos que muy pocas veces se consiguen probar eficazmente. Lo más preocupante es que, en muchas ocasiones, los perjudicados ni siquiera se plantean seriamente cuestionar las acciones u omisiones de los administradores concursales.

La cifra negra de delitos judiciales, y en especial, de los administradores judiciales, con la que la criminología científica pretende cuantificar los delitos cometidos efectivamente, pero nunca denunciados o insuficientemente instruidos, es muy alta y preocupantemente creciente, porque al no haber sentencias o resoluciones judiciales que sancionen o condenen a los administradores judiciales, los más inmorales perfeccionan sus métodos para lucrarse o para ejercer perversamente el enorme poder que les ha dado un juez. En muchas ocasiones, los administradores judiciales no son conscientes de su auténtica responsabilidad, ni conocen todas sus obligaciones ante las insolvencias punibles. Pero también es cierto que los afectados por sus acciones y omisiones no denuncian, y cuando lo hacen, no cuidan las formas ni aportan las evidencias (documentos, testimonios y pericias) con las que probar judicialmente abusos, delitos y negligencias. Si es cierto que el administrador judicial ha cometido, por acción o por omisión, faltas (administrativas, deontológicas, en definitiva, profesionales) o delitos culposos o dolosos, y se prueban los hechos correctamente, la responsabilidad civil del administrador judicial en primer lugar, y la de la Administración de Justicia que le nombra subsidiariamente, puede llegar a compensar mediante una indemnización, al perjudicado por las acciones u omisiones del Administrador Judicial.

Aunque siempre es bueno conocer todos los artículos de las leyes que directa o indirectamente tienen algo que ver con con los administradores judiciales (entre otras, Ley Concursal, Acuerdo del Senado sobre la modificación de la Ley Concursal, Real Decreto 1860/2004 por el que se establece el arancel de derecho de los administradores concursales, Proposición no de Ley de mejora de la retribución de los administradores concursales, Ley de Enjuiciamiento Civil. Artículos 335 a 352. Actuaciones periciales, y en lo penal, la vetusta Ley de Enjuiciamiento Criminal, nada menos, que de 1882, todavía vigente), las faltas de deontología en los códigos profesionales o de buenas prácticas o en las responsabilidades establecidas en el Código Civil  y los más graves delitos, culposos o dolosos, por comisión u omisión, que pueden subsumirse en los tipos delictivos contra el Patrimonio, o contra la Administración de Justicia, tienen siempre considerables dificultades de prueba que justifican la contratación de un profesional, o en ciertos casos, de más de uno con diferentes especialidades.

Los administradores judiciales pueden ser recusados, pero para ello, es necesario motivar al juez, y la experiencia demuestra que un perito contratado por un interesado puede evidenciar en un informe o dictamen (no es lo mismo porque el informe se limita a constatar mientras que el dictamen incluye opiniones motivadas o conclusiones periciales) aportando o referenciando documentos o testimonios relevantes en la crítica de la administración judicial.

Así, tanto los deudores como los acreedores, pueden solicitar servicios profesionales de vigilancia, control, y peritación para evidenciar las acciones u omisiones, y los perjuicios que con ellas les causen, los administradores judiciales. Obviamente, no pueden publicarse aquí algunas técnicas de investigación profesional que pueden ser muy eficaces para evidenciar las malas prácticas de ciertos administradores judiciales, pero sí que merece la pena hacer una una consulta para presupuestar los servicios que cada caso merezcan.

Algunas noticias sobre administraciones judiciales presuntamente delictivas, o como mínimo, controvertidas o sospechosas. La primera noticia tiene sentido para todo el que conozca personal profesionalmente al juez Joaquín EBILE ENSEFUN (EL PAÍS publica su nombre como Joaquín EBILLE NSEFUN) porque es evidente que este juez, desde que estuvo destinado en Barcelona, se ha rodeado de economistas o auditores y administradores judiciales que saben mucho más de los antecedentes y la intrahistoria de su querella, que él mismo. Es realmente sorprendente que no se haya publicado nada sobre las relaciones con auditores y economistas forenses pero estaremos atentos a lo que pueda ocurrir entre Barclays y la Administración de Justicia.

EL PAÍS, JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ - Madrid - 18/11/2008
La fiscalía acusa de prevaricación al juez del 'caso Banco de Valladolid'
Ordenó a Barclays pagar indebidamente 28 millones al ex dueño de la entidad
La fiscalía del Tribunal Superior de Madrid ha interpuesto una querella por "prevaricación continuada" contra el juez Joaquín Ebille Nsefun, de 69 años. Le imputa "haber favorecido" al ex propietario del Banco de Valladolid Domingo López Alonso en un procedimiento civil que éste mantiene con Barclays Bank. Los 35 folios que nutren la querella, ya presentada, buscaban apartar a Ebille del Juzgado 4 de Madrid y de las diligencias que tramita sobre este multimillonario pleito.
El tribunal pide más información sobre el caso y rehúsa admitir la querella
Ebille, de origen guineano, ordenó en 2003 a Barclays (que adquirió el Banco de Valladolid hace casi 30 años, tras ser intervenido éste, en estado ruinoso, por el Banco de España) pagar indebidamente 28 millones de euros a López. La Audiencia de Madrid anuló luego las diligencias practicadas por Ebille al entender que el juez se había excedido al ordenar ese multimillonario pago y que, además, se había apartado de la cuestión nuclear del pleito. Para entonces, el dinero ya estaba en el bolsillo de López, sin que el juez le hubiese impuesto ningún aval que garantizase la devolución del dinero. Barclays está que trina: ahora no tiene forma de recuperar los millones ante la supuesta insolvencia de López.
La querella se presentó la semana pasada en la Sala de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Madrid, a instancias del fiscal general, Cándido Conde-Pumpido. La sala ha decidido no admitirla a trámite de momento, si bien pedirá a Ebille que le remita las diligencias para analizarlas. Si la hubiera admitido, Ebille habría sido suspendido automáticamente. "Puede existir una irregular práctica jurídica del juez, pero no mala fe ni un ánimo de actuar injustamente a sabiendas. Tampoco se aporta ningún dato que apunte a connivencia entre el juez y López", señalan fuentes jurídicas, que muestran su extrañeza porque el fiscal "intervenga en un pleito civil de esta naturaleza". Barclays denunció hace tres años al juez ante la Fiscalía General.
La querella describe "la errática instrucción" de Ebille y no repara en adjetivos a la hora de descalificar su conducta. Asegura que el juez "se ha apartado de manera sistemática de las normas que estaba obligado a aplicar" y ha tomado decisiones perjudiciales para Barclays en beneficio de López, al que responsabiliza de la quiebra del Banco de Valladolid. Según la querella, Ebille, sin una base pericial, ordenó entregar 28 millones a López "carentes de todo fundamento", a pesar del enorme agujero económico que tuvo que afrontar el Banco de España para sanear el de Valladolid. Ebille fue sancionado con 1.800 euros en una ocasión por el Poder Judicial por retrasarse en poner sentencias, pero los últimos informes revelan que es un juez trabajador.
López empezó de picador en una mina de León y acabó, a finales de los ochenta, con un emporio de empresas desde las que surgió el Banco de Valladolid. En 1978, el Banco de España acordó su intervención. En esa época, desaparecieron unos 6.000 millones de pesetas destinados a reflotar el banco, pero nunca se investigó ni se explicó el paradero del dinero. Según fuentes jurídicas, si eso se hubiese investigado, "quizás este rocambolesco procedimiento no habría surgido nunca". Y es que López empezó a pleitear para que el Estado le devolviera el dinero que supuestamente había puesto. Perdió todos los juicios, pero siguió poniendo otros. En 1998, un juez ordenó al Fondo de Garantía de Depósitos que entregara a López Alonso, no dinero, sino los avales por importe de 4.400 millones de las antiguas pesetas que supuestamente había aportado para sanear el banco.
En marzo de 1981, Barclays compró el Banco Valladolid. Y contra él dirigió otros pleitos. Uno cayó en manos de Ebille, quien, según la fiscalía, en lugar de determinar esos avales, fue más allá, los tradujo en dinero y, sin más, ordenó a Barclays pagar los 28 millones de euros.

EL MUNDO, 05/09/2008, NANDO GARCIA
Un informe 'ad hoc' instó al juez a dejar de enviar dinero a Perú Cataluña. Investigación a la ONG Intervida por apropiación indebida.
Un informe de un supuesto experto independiente instó al juez a dejar de enviar dinero a Perú BARCELONA.- Un supuesto experto independiente se encargó de elaborar un dictamen presentado ante el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón incorporado al primer informe semestral de la gestión de Intervida de los administradores judiciales. En dicho informe se consideran nueve opciones para el destino de los proyectos de Perú, Guatemala y Bolivia. De estas soluciones, sólo una ofrece la vía de continuidad -expresión repetida por los administradores pero que no han llevado a cabo-, dos la ofrecen con condiciones y un total de seis apuestan por la desaparición de los proyectos de estos países latinoamericanos. O lo que es lo mismo, propone aniquilar el trabajo realizado por esta ONG durante 15 años. Lo sorprendente del autor de este informe es la relación profesional y personal que mantiene con uno de los administradores judiciales, a pesar de tratarse de un supuesto experto independiente. Así pues, no es de extrañar que en sus opiniones quede reflejada la tesis que los administradores designados por la Generalitat a instancias de la juez de Barcelona sostuvieron sólo una semana después de hacerse con el control de la Fundación Intervida, en julio de 2007. Pero es que aún hay más. En este dictamen se omite la existencia de convenios entre Intervida y las contrapartes de los países sudamericanos para el envío de los fondos recaudados de los padrinos de los niños, aunque ello tampoco debería extrañar teniendo en cuenta que los propios administradores niegan la existencia de estos contratos.


MALLORCA DIARIO, 30 de agosto de 2008

SUSPENSIÓN DE PAGOS/ Interioridades polémicas en el 'caso Drac'
Las rocambolescas deudas de Grande               
Enric Sala      
PALMA.- Una vez hecha pública la lista con los más de 700 acreedores reconocidos por el propio Vicente Grande, a los que el promotor asume deber 832 millones de euros, su análisis se ha convertido en el tema del que habla el ‘todo Palma’. Sin duda, una de las deudas más polémicas, aunque no por su cuantía, sea la que tiene contraída con Raimundo Zaforteza. Los casi 60.000 euros que Grande reconoce deberle podrían no ser nada en comparación con los no menos de 600.000 euros que el abogado cobrará como administrador judicial.
La recusación de Zaforteza, sobre la que el juez Víctor Fernández aún no se ha pronunciado, es uno de los temas que hacen pensar a muchos que “esto ha empezado con mal pie”. No hay que olvidar que Zaforteza fue nombrado administrador judicial “en calidad de acreedor”, según la documentación judicial. Sin embargo lo que escuece es que su deuda se deba a servicios prestados a Grande como asesor. Muchos cuestionan que una persona que ha asesorado al presidente del Grupo Drac vaya a ser ahora quien dictamine sobre las deudas de su “asesorado” con el resto de acreedores.
La polémica se extiende a otro de los administradores. El joven Jorge Sainz de Baranda, que al igual que Zaforteza carece por completo de experiencia en la aplicación de la Ley Concursal - ambos son dos neófitos que se estrenan en estas lides nada menos que con la mayor suspensión de pagos de la historia de Baleares-, ha sido designado por el juez pese a ser responsable de autorizar la demora de los pagos de Grande a la Administración cuando era director general de Tributos y Recaudación. Sainz de Baranda también ha sido recusado por una cuestión formal: le falta un año de ejercicio para cumplir los cinco necesarios para poder ejercer como administrador judicial. “Esto ha empezado con muy mal pie” se comenta en la calle, donde se dice que la principal valía de Sainz de Baranda y de Zaforteza es que ambos “son del grupo de amigos del juez”.
Cabe destacar que el cobro de sus minutas serán ‘preferentes’, es decir que puede que muchos acreedores no vean un euro de sus deudas, pero los administradores “se aseguran cobrar los primeros”. No aparenta pues estar revestido este proceso de la asepsia necesaria y es de dominio público la sospecha de que parece que todo está orquestado y que lo que importa es que el beneficio económico de los importantes honorarios de los administradores judiciales “va a quedarse en casa”.

EL MUNDO, 18/08/2008   
Absuelto de quedarse con 879.000 euros un administrador por falta de pruebas       
Sevilla. Absuelto de quedarse con 879.000 euros un administrador por falta de pruebas          
SEVILLA.- La Audiencia de Sevilla ha absuelto por falta de pruebas a un administrador judicial que fue juzgado, junto a otras cinco personas, por apropiarse de 879.806 euros depositados en la caja fuerte de una empresa cuya gestión le encomendó el tribunal.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, dice que «no existe prueba directa de dicho apoderamiento» del dinero y que «no puede descartarse la intervención de terceras personas».
El procesado F.J.R.G. había sido nombrado el 2 de octubre de 2003 administrador judicial de una empresa de acero inoxidable de Alcalá de Guadaíra, lo que provocó el cese de su propietario, que «abandonó las instalaciones sin entregar al nuevo administrador las llaves».
Al día siguiente, el administrador, a quien acompañaba su padre y también acusado L.R.G., que además era hermano del propietario, dio día libre a los trabajadores, tras manifestarles que «necesitaba conocer el funcionamiento de la empresa».
El 6 de octubre -añade la sentencia- el dueño de la empresa acudió al juzgado con el dinero que adeudaba, por lo que el juez le devolvió la propiedad y acordó el cese del administrador judicial.
Fue entonces cuando el dueño y su letrado comprobaron que en la oficina de la empresa «había un hueco donde antes había sido instalada una caja fuerte», que se habían llevado con los 879.806 euros depositados en su interior, junto a otros efectos tales como un ordenador portátil, anagramas de oro de la empresa, una cámara de fotos y el utillaje de una máquina.
-Inventario
Por estos hechos fueron juzgados el administrador judicial, el hermano del empresario, que había iniciado el procedimiento judicial, y cuatro hijos suyos, para los que la acusación particular pidió ocho años de cárcel a cada uno.
La Fiscalía solo imputó al administrador, para quien solicitó dos años y medio de cárcel, pero la sentencia absuelve libremente a todos ellos por falta de «prueba directa de dicho apoderamiento».
Entre los elementos a favor de los acusados, los jueces recogen que no se hizo inventario de los bienes de la empresa, «por lo que no se puede asegurar con certeza que el 2 de octubre estuviese la caja de seguridad y, en caso de que estuviese, el dinero que había en su interior».
Además, no se explicó «si había o no varias puertas» en la empresa que permitieran entrar a su recinto, pues varios testigos dijeron en el juicio que existían otras entradas en la parte posterior.
Tampoco consta cuántas personas tenían llave de las instalaciones, pues al menos la tenían una secretaria y el vigilante, añaden los jueces.
En cuanto al dinero, la sentencia «no entiende» el error en que incurrió el dueño en su denuncia, pues en su primera comparecencia dijo que en el interior de la caja fuerte había «520.000 euros más provisiones» pero luego lo cifró en 879.806 euros.

ABC, 18/08/2008
Absuelto el administrador judicial acusado de apropiarse de 879.806 euros    
ABC SEVILLA. La Audiencia de Sevilla ha absuelto, por falta de pruebas, a un administrador judicial que fue juzgado, junto a otras cinco personas, por apropiarse de 879.806 euros depositados en la caja fuerte de una empresa cuya gestión le encomendó el tribunal. La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, dice que «no existe prueba directa de apoderamiento» del dinero y que «no puede descartarse la intervención de terceras personas». El procesado F.J.R.G. fue nombrado el 2 de octubre de 2003 administrador judicial de una empresa de acero inoxidable de Alcalá de Guadaira, lo que provocó el cese de su propietario, que «abandonó las instalaciones sin entregar al nuevo administrador las llaves de la misma». Al día siguiente, el administrador, a quien acompañaba su padre y también acusado L.R.G., que además era hermano del propietario, dio día libre a los trabajadores tras manifestarles que «necesitaba conocer el funcionamiento de la empresa». El 6 de octubre —añade la sentencia— el dueño de la empresa acudió al juzgado con el dinero que adeudaba, por lo que el juez le devolvió la propiedad y acordó el cese del administrador judicial. Fue entonces cuando el dueño y su letrado comprobaron que en la oficina de la empresa «había un hueco donde antes había sido instalada una caja fuerte», que se habían llevado con los 879.806 euros depositados en su interior, junto a otros efectos. Por estos hechos fueron juzgados el administrador judicial, el hermano del empresario, que había iniciado el procedimiento judicial, y cuatro hijos suyos.

EL MUNDO, 29/07/2008   
MARTA SANCHEZ ESPARZA                
CORRUPCION JUDICIAL / El TSJA investiga la participación del administrador en la presunta extorsión al dueño del hotel Puente Romano / Un amigo del juez exigió al empresario 6 millones para levantar medidas cautelares El juez Urquía asignó un millón al año al administrador judicial del 'caso Hidalgo'       
Andalucía. Corrupción. Caso Malaya. El TSJA investiga si el juez Urquía pagó un millón de euros al administrador judicial del caso Hidalgo      
MALAGA.- El ex titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella, Francisco Javier de Urquía, controlaba la gestión de las empresas intervenidas en las diligencias abiertas tras la operación Hidalgo -la mayor de todas las desplegadas en la Costa del Sol contra el blanqueo de capitales- a través de un administrador judicial para quien el magistrado asignó unos honorarios anuales de un millón de euros, es decir, de más de 83.000 euros mensuales.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) investiga ahora si De Urquía utilizó a dicho administrador judicial en un presunto plan ideado para extorsionar al propietario del hotel Puente Romano de Marbella, a cambio de entre 5,6 y 8 millones de euros en una cuenta en Suiza.
El presunto plan -en el que se investiga también la participación del propietario de la discoteca de Marbella 'Olivia Valere', Arnaud Fabrice, y del editor de la revista de lujo Social Life, Igor Mier-, consistía en exigir al empresario de Puente Romano, imputado en las diligencias del caso Hidalgo, el pago de las cantidades antes mencionadas a cambio del levantamiento de los embargos y otras medidas cautelares ordenadas sobre sus empresas por el propio juez De Urquía, primer instructor de dichas diligencias.
Las sociedades del propietario de Puente Romano, que se convirtió en testigo protegido de la Guardia Civil, se encontraban intervenidas desde abril de 2007, lo que perjudicaba varias operaciones de venta que los dueños de las empresas querían acometer en septiembre de ese mismo año, según la documentación que obra en poder de la Sala de lo Penal del TSJA, y a la que ha tenido acceso EL MUNDO de Andalucía.
Según figura en los nueve tomos de material probatorio remitido al TSJA desde el Juzgado de Instrucción número 11 de Málaga, el editor Igor Mier se entrevistó personalmente entre mayo y octubre de 2007 con un representante del grupo de empresas de David Shamoon, para prometerle el levantamiento de las medidas cautelares que impedían la venta de sus compañías, a cambio de 5,6 millones de euros a depositar en Suiza o Praga, cantidad que más adelante se incrementó hasta los 8 millones de euros, para rebajarla de nuevo a 6 millones de euros en uno de los últimos encuentros.
Tras una de esas citas, vigiladas por agentes de la Guardia Civil, Igor Mier remitió sendos mensajes de texto desde su teléfono móvil al juez Francisco Javier de Urquía y a su amigo Arnaud Fabrice con la palabra «OK».
De manera simultánea, durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2007, la Guardia Civil intervino diversas conversaciones telefónicas entre el magistrado, el empresario Arnaud Fabrice y el editor, de las que parece deducirse la participación de todos ellos en la presunta operación de extorsión.
Por aquel entonces, el juez De Urquía había sido relevado al frente del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella debido a su imputación en las primeras diligencias abiertas contra él por el TSJA, por el presunto cobro de 73.800 euros del ex asesor urbanístico Juan Antonio Roca a cambio de resoluciones judiciales favorables.
Aunque apartado del caso, el juez Urquía esperaba ser restablecido en sus funciones en unos meses, y mientras se mantenía al tanto de lo que sucedía en su juzgado a través de una de las funcionarias, a la que telefoneaba y mandaba mensajes SMS, y con la que se citaba con cierta periodicidad.
Pero para el éxito de dicha operación era clave el trabajo del administrador judicial, que debería permitir a petición del juez determinadas operaciones de las sociedades vinculadas al propietario de Puente Romano. De hecho, el propio Igor Mier llegó a manifestar al empresario en uno de los encuentros que «él haría que el administrador de la empresa firmara ese tipo de operación», según uno de los autos remitidos al TSJA por el juez de Instrucción número 11 de Málaga, que inició las investigaciones.
En una de las conversaciones telefónicas intervenidas, coincidiendo en el tiempo con las propuestas de Igor Mier, el administrador judicial designado por Urquía, Alfonso L-P. L., habla con una tercera persona de la sociedad Nonante -sobre la que el dueño de Puente Romano había pedido el levantamiento de medidas cautelares-, y asegura que «hay cinco ventas más para solicitar», agregando que «éso me lo han dicho, lo que pasa es que, bueno, a mí ellos de momento me tienen que proponer a mí, yo lo tengo que visar de alguna manera...».
Cuatro días más tarde, el mismo administrador judicial hablaba con un tal Diego sobre la misma sociedad Nonante, asegurando que en su escrito al Juzgado sobre la compañía quería «puntualizar algunas cosas». Semanas después, en otra conversación telefónica el administrador afirmaba que estaba «detrás de que autoricen lo de Nonantes», aunque puntualizando que no dependía de él y que llevaba «mucho tiempo» detrás de aquéllo. En una tercera charla telefónica sobre el asunto, el administrador investigado expone que ha referido la situación de la empresa Nonantes al nuevo juez encargado de las diligencias, y que era él quien debía ahora decidir.
APOYO
-La Audiencia anuló el nombramiento
El nombramiento de Alfonso L-P. L. como administrador judicial de las empresas intervenidas a raíz de la 'operación Hidalgo' fue dejado sin efecto posteriormente por la Audiencia de Málaga, cuya Sala Segunda emitió un auto anulando la designación efectuada en su día por el juez De Urquía.
En uno de los autos remitidos al TSJA por el juez de Málaga que detectó la trama, éste asegura que de la documentación aportada por la Policía Judicial y derivada de las diligencias por la operación 'Hidalgo' «se desprenden las presuntas irregularidades en la constitución de la administración judicial».
El juez mantiene que estas irregularidades «pretendían ser la excusa para obtener el dinero que se exigía al testigo protegido», ya que incluso consta en los documentos cómo la deuda tributaria de las empresas intervenidas podía cuantificarse provisionalmente, «y por tanto era más acertado exigir la caución o consignación en metálico, o embargar bienes que imponer una desproporcionada medida cautelar consistente en la administración judicial».
Los gastos derivados de dicha administración judicial, encomendada por De Urquía al mencionado Alfonso L-P-L., «ya de por sí no pueden considerarse sino como desproporcionados», según el auto del juez de Málaga, ya que, según subraya, alcanzarían al año la astronómica cifra de un millón de euros, es decir, más de 83.000 euros al mes.
Bajo la responsabilidad del administrador nombrado por el juez De Urquía figuraba una veintena de sociedades intervenidas en la instrucción del 'caso Hidalgo', entre ellas el despacho de abogados Cruz Conde, los hoteles Puente Romano y Marbella Club y dos empresas petroleras.

EL MUNDO, 29/07/2008
MARTA SANCHEZ ESPARZA     
-Urquía asignó un millón al año al administrador del 'caso Hidalgo' El tribunal sospecha que el funcionario fue clave para que el juez pudiese seguir controlando las empresas intervenidas después de ser apartado     
MALAGA.- El ex titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella Francisco Javier de Urquía controlaba la gestión de las empresas intervenidas en las diligencias abiertas tras la operación Hidalgo -la mayor de todas las desplegadas en la Costa del Sol contra el blanqueo de capitales- a través de un administrador judicial para el que el magistrado asignó unos honorarios anuales de un millón de euros. Es decir, de más de 83.000 euros mensuales.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) investiga ahora si Urquía utilizó de algún modo a dicho administrador judicial en un plan para extorsionar al propietario del hotel Puente Romano de Marbella, David Shamoon, a cambio de entre 5,6 y ocho millones de euros en una cuenta en Suiza.
El presunto plan -en el que se investiga también la participación del propietario de la discoteca de Marbella Olivia Valere, Arnaud Fabrice, y del editor de la revista de lujo Social Life, Igor Mier- consistía en exigir al empresario de Puente Romano, imputado en las diligencias del caso Hidalgo, el pago de las cantidades antes mencionadas a cambio del levantamiento de los embargos y otras medidas cautelares ordenadas sobre sus empresas por el propio juez Urquía, primer instructor de dichas diligencias.
Las sociedades del propietario de Puente Romano, que se convirtió en testigo protegido de la Guardia Civil, se encontraban intervenidas desde abril de 2007, lo que perjudicaba varias operaciones de venta que los dueños querían acometer en septiembre de ese mismo año.
Según figura en los nueve tomos de material probatorio remitido al TSJA desde el Juzgado de Instrucción número 11 de Málaga, el editor Igor Mier se entrevistó personalmente entre mayo y octubre de 2007 con un representante del grupo de empresas de David Shamoon para prometerle el levantamiento de las medidas cautelares que impedían la venta de sus compañías, a cambio de 5,6 millones de euros a depositar en Suiza o Praga, cantidad que más adelante se incrementó hasta los ocho millones de euros, para rebajarla de nuevo a seis millones de euros en uno de los últimos encuentros.
Tras una de esas citas, vigiladas por agentes de la Guardia Civil, Igor Mier remitió sendos mensajes de texto desde su teléfono móvil al juez Francisco Javier de Urquía y a su amigo Arnaud Fabrice con la palabra OK.
De manera simultánea, durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2007, la Guardia Civil intervino diversas conversaciones telefónicas entre el magistrado, el empresario Arnaud Fabrice y el editor, de las que parece deducirse la participación de todos ellos en la presunta operación de extorsión.
Por aquel entonces, el juez Urquía había sido relevado al frente del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella debido a su imputación en las primeras diligencias abiertas contra él por el TSJA por el presunto cobro de 73.800 euros del ex asesor urbanístico Juan Antonio Roca a cambio de resoluciones judiciales favorables.
Aunque apartado del caso, el juez Urquía esperaba ser restablecido en sus funciones en unos meses. Mientras, se mantenía al tanto de lo que sucedía en su juzgado a través de una de las funcionarias, a la que telefoneaba y enviaba mensajes SMS, y con la que se citaba con cierta periodicidad.
Pero para el éxito de dicha operación era clave el trabajo del administrador judicial, que debería permitir a petición del juez determinadas operaciones de las sociedades vinculadas al propietario de Puente Romano.
En una de las conversaciones telefónicas intervenidas, coincidiendo en el tiempo con las propuestas de Igor Mier, el administrador judicial designado por Urquía, Alfonso L-P. L., habla con una tercera persona, de la sociedad Nonante -sobre la que el dueño de Puente Romano había pedido el levantamiento de medidas cautelares-, y asegura que «hay cinco ventas más para solicitar», agregando: «Eso me lo han dicho, lo que pasa es que, bueno, a mí ellos de momento me tienen que proponer a mí, yo lo tengo que visar de alguna manera...».
APOYO
-La Audiencia de Málaga revocó su nombramiento
El nombramiento de Alfonso L-P. L. como administrador judicial de las empresas intervenidas tras la 'operación Hidalgo' fue dejado sin efecto por la Audiencia Provincial de Málaga, cuya Sala Segunda emitió un auto anulando la designación efectuada en su día por el juez Urquía.
En uno de los autos remitidos al TSJA por el juez de Málaga que detectó la trama, éste asegura que de la documentación aportada por la Policía Judicial y derivada de las diligencias por la 'operación Hidalgo' «se desprenden las presuntas irregularidades en la constitución de la administración judicial».
El juez mantiene que estas irregularidades «pretendían ser la excusa para obtener el dinero que se exigía al testigo protegido».

La Opinión de Málaga, 16/05/2008
Roca dice que ha perdido 24 millones por la gestión judicial 
La defensa del ex asesor de Urbanismo en el Ayuntamiento de Marbella Juan Antonio Roca cifra en 24 millones de euros los perjuicios económicos derivados de la "mala gestión" de los bienes intervenidos a su cliente en el ´caso Malaya´ por parte del que fue administrador judicial, cesado el pasado febrero.
El abogado de Roca, José Aníbal Álvarez, asegura que se están subastando todos los bienes de su defendido porque no se han atendido los pagos hipotecarios a los que había que hacer frente, y anuncia que solicitará a través del juzgado que se realice una auditoría, medida con la que se habrían mostrado de acuerdo los actuales administradores judiciales.
Álvarez señala que han desaparecido bienes de Roca y que el ex administrador judicial no ha atendido tampoco distintos procedimientos judiciales en relación con el patrimonio de su cliente, lo que ha originado "unos perjuicios económicos" que superan los diez millones de euros, cifra que se incluye en la cuantía inicial denunciada por el abogado.
Indica, además, que los bienes trabados por el juzgado de Instrucción número 5 de Marbella están para responder de una "hipotética condena en un futuro" de su defendido y recuerda que en el caso de que fuese absuelto tendrían que devolverle los bienes en su mismo estado, "cosa que no va a ocurrir" porque hay "un desfase de la cifra nada desdeñable de 4.000 millones de pesetas".
El administrador judicial José Luis Gallardo, que se encontraba a cargo de las sociedades intervenidas a Roca en la ´operación Malaya´, fue nombrado por el juez Miguel Ángel Torres, y cesó en febrero tras presentar su renuncia al cargo por motivos personales.
Libertad provisional. Por otro lado, la Fiscalía y las acusaciones del ´caso Malaya´ han solicitado que se revoque el auto en el que se fijaba una fianza de un millón de euros para que Roca saliera de prisión, al considerar que la situación judicial del procesado se ha agravado.
En la vistilla celebrada ayer en la Audiencia Provincial para estudiar los recursos presentados contra el citado auto, el fiscal anticorrupción de Málaga, Juan Carlos López Caballero, ha asegurado que se han incrementado las posibilidades de que Roca reciba penas de cárcel importantes en distintas causas judiciales. Este hecho se une a la "amenaza" de ser condenado por el caso y a la pérdida de patrimonio económico en España debido a la intervención judicial sobre sus bienes.
 
EL PAÍS, 16/05/2008   
FERNANDO J. PÉREZ          
Roca acusa al administrador judicial de causarle un agujero de 24 millones      
El cerebro del 'caso Malaya' tiene un pasivo de 120 millones en sus negocios
Málaga
La última vista sobre la situación penitenciaria de Juan Antonio Roca arrojó ayer luz indirecta sobre el patrimonio real del supuesto cerebro de la trama de corrupción en Marbella (Málaga). El abogado de Roca, Aníbal Álvarez, aseguró que 'la mala gestión' del primer administrador judicial de los bienes del ex asesor urbanístico le causó perjuicios económicos de 24 millones de euros. De este desfase, 10 millones corresponden, según Álvarez, a 'embargos por pagos hipotecarios no atendidos y por no haberse personado el administrador en varias demandas'.
La referencia de Álvarez sobre el patrimonio de su cliente se produjo en la Audiencia Provincial de Málaga, en la vista de un recurso sobre la puesta en libertad bajo fianza de un millón de euros del ex asesor urbanístico por el caso Malaya , y que permitió a Roca disfrutar de diez días en la calle antes de volver a ser encarcelado por la Audiencia Nacional por el caso Saqueo . Tanto el fiscal como las acusaciones particulares, ejercidas por el Ayuntamiento de Marbella y la Junta de Andalucía, negaban que Roca tenga arraigo en Marbella -uno de los motivos que justifican la fianza- porque 'todos sus bienes conocidos en España están intervenidos' y nada le ata a la ciudad, lo que incrementa el riesgo de fuga. Por ello, pedían a la Audiencia que revocara la libertad bajo fianza y dictara otra vez prisión provisional para Roca por el caso Malaya .
Este argumento de la acusación fue rebatido por Álvarez con una queja sobre el tratamiento que han recibido los bienes de Roca tras su detención. Según el letrado, durante la administración judicial de José Luis Gallardo 'han desaparecido algunos bienes y otros han sido malvendidos o se están subastando'. El abogado afirmó que los bienes trabados por el juzgado de Instrucción número 5 de Marbella, que lleva el caso Malaya , 'están para responder de una hipotética condena en el futuro', y en caso de que Roca resulte absuelto tendrían que devolverle los bienes en su mismo estado. 'Esto no va a ocurrir, porque tenemos un desfase de la cifra nada desdeñable de 4.000 millones de pesetas [24 millones de euros], del que alguien deberá decir algo en su momento', dijo Álvarez.
El anterior administrador judicial del caso Malaya , José Luis Gallardo, fue nombrado semanas después de arrancar la operación contra la corrupción en Marbella en marzo de 2006 y dimitió 'por motivos personales' el pasado mes de febrero. Su actuación fue ampliamente criticada por los abogados de varios procesados en la operación, que consideran que su cese se debe a 'motivos profesionales'. Los administradores judiciales que han sustituido a Gallardo están realizando 'una auditoría' sobre su gestión, afirmó Álvarez.Este periódico intentó ayer, sin éxito, contactar con el ex administrador judicial para conocer su versión.
El juez Torres, anterior instructor del caso Malaya, afirmó que Roca tenía un patrimonio de 120 millones de euros, reconocido, además, por el ex asesor. El letrado Álvarez aclaró que esa cantidad corresponde al 'pasivo' de las empresas de Roca, y protestó porque 'se están subastando bienes judicialmente porque el anterior administrador no atendía a los pagos hipotecarios'.
Respecto al patrimonio supuestamente oculto en paraisos fiscales que, según el fiscal, justificaría mantener a Roca en prisión, Álvarez afirmó que 'el ministerio público se mueve en 'vaguedades e hipótesis'. 'El supuesto patrimonio en el exterior no está localizado y por lo tanto no existe. Lo que no está en autos no está en el mundo', recordó Álvarez. La justicia suiza ha comunicado al actual instructor del caso Malaya, Óscar Pérez, que Roca y sus dos hijos tienen sociedades en Islas Vírgenes británicas y en Liechtenstein.
Finalmente, el abogado de Roca pidió un trato para su cliente igual que para el resto de imputados en el caso Malaya . Para ello puso como ejemplo, aunque sin citarlo, al ex teniente de alcalde Pedro Román, que pudo salir de prisión tras abonar 500.000 euros, a pesar de habérsele hallado dinero en el extranjero. Roca fue trasladado ayer a la cárcel de Alhaurín de la Torre.

EL MUNDO, 11/02/2008
CRISTINA CABALLERO     
-El administrador judicial de una filial de Fórum fue imputado en el 'caso Gescartera' Casamayor retiró 565.000 euros sin justificación de la agencia de valores y hoy gestiona la firma que la filatélica empleó para blanquear dinero     
MADRID.- Un hecho insólito ha establecido un nexo de unión entre dos de los presuntos fraudes más cuantiosos de la democracia: la supuesta estafa de Gescartera, que se saldó con un agujero de 50 millones de euros, y la de Fórum Filatélico, en la que más de 200.000 inversores han sido, al parecer, defraudados dejando un déficit patrimonial de 3.400 millones de euros.
La filial de Fórum Filatélico que sirvió, según la Fiscalía Anticorrupción, para blanquear dinero, Grupo Unido de Proyectos y Operaciones, ha pasado a estar administrada después de la intervención judicial por un antiguo imputado de Gescartera. Se trata de José Casamayor Lizarralde, a quien la juez instructora del caso de la agencia de valores, Teresa Palacios, tomó declaración en 2004 como imputado.
La magistrada se basaba en un informe del Banco de España según el cual Casamayor retiró de Gescartera un total de 565.000 euros en metálico sin firmar recibo alguno y como rendimiento de una supuesta inversión de 144.000 euros.
Empresa tapadera
Ahora, José Casamayor Lizarralde es el administrador único de Grupo Unido de Proyectos y Operaciones. Esta sociedad, filial al 100% de Fórum Filatélico, está siendo investigada por el juez Baltasar Garzón por ser presuntamente la tapadera de multitud de negocios fraudulentos del prófugo José Manuel Carlos Llorca.
A través de esta empresa, según informes de la Fiscalía Anticorrupción, se realizaron varias operaciones urbanísticas en Marbella y en Tenerife que ahora están dentro del sumario de la Operación Ballena Blanca.
Tras la intervención de Fórum y la declaración del concurso de acreedores en 2006, los administradores judiciales tomaron la determinación, con la aprobación posterior del juez de lo mercantil número 7 de Madrid, de nombrar a José Casamayor administrador único de la filial, a pesar de que la profesión que ejerce no es la de abogado ni economista, sino ingeniero de Minas.
Fuentes de la administración concursal aseguraron a este periódico que «es una persona totalmente de fiar. En Gescartera, declaró finalmente sólo como testigo y no se le puede considerar sospechoso de nada».
Por su parte, fuentes de la Fiscalía Anticorrupción corroboraron a este periódico que el actual administrador de esa filial es el antiguo imputado de Gescartera. Sin embargo, precisaron que en el escrito de acusación del fiscal, Vicente González Mota, no se le incluyó como acusado, y en el juicio de la sociedad de valores, celebrado en octubre de 2007, sólo acudió como testigo.
En el citado escrito de acusación, se menciona que los acusados de Gescartera, «con el dinero de todos los clientes, efectuaron disposiciones por importe de 94,5 millones de pesetas a favor de José Casamayor Lizarralde y la sociedad Vedica, retiradas no reflejadas en la ficha de estos clientes sin que conste la razón de estos pagos que tampoco tienen justificación en facturación alguna, razón por la que en ejecución de la responsabilidad civil deben estas cantidades aminorar las indemnizaciones que eventualmente les correspondieran».
La sociedad Vedica sigue estando activa, y como administradores figuran el propio José Casmayor y su hija. Su objeto social, según el Registro Mercantil, son actividades de contabilidad, además de la promoción inmobiliaria. La dirección donde está radicada acoge al menos otras dos sociedades: Prosanfer, que también se dedica a la promoción inmobiliaria, y Broadband Optical Access, de servicios de telecomunicaciones.
El juicio por el caso Gescartera se inició el pasado otoño en la Casa de Campo de Madrid y está pendiente de que los magistrados de la Audiencia Nacional dicten sentencia.
APOYO -DOS ESCANDALOS FINANCIEROS
1. Gescartera. En verano de 2001 la CNMV interviene la agencia de valores que dirige Antonio Camacho al detectar un 'agujero' de 100 millones de euros en sus cuentas.
2. Afectados. Unos 2.000 personas se quedaron sin unas inversiones valoradas, en su conjunto, en unos 50 millones de euros.
3. Fórum y Afinsa. En mayo de 2006, la Audiencia Nacional intervino las dos sociedades, que prometían un rentas muy superiores a las del mercado a través de inversiones en sellos.
4. Afectados. Unos 350.000 pequeños inversores han perdido sus ahorros y reclaman que el Estado los indemnice.
 
EXPANSIÓN, 20/11/2007
El administrador judicial no tiene derecho al premio por notificar un fallecimiento intestado     
El Supremo considera que ejercer determinadas funciones públicas o tener una relación profesional o personal con el fallecido excluye de cobrar dicha recompensa.
LA LEY. Madrid
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto contra una sentencia del TSJ de Aragón que denegaba a un administrador judicial el derecho a cobrar el premio por denuncia de un fallecimiento intestado.
Tal como previene el artículo 969 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1.881, el nombramiento aceptado de administrador aunque no se haya tomado posesión ya produce determinados efectos, como lo son la entrega de la correspondencia relativa a los bienes del causante al administrador, quien adquiere ya por virtud de su cargo conocimiento de la situación económica y patrimonial del fallecido. Y si bien todavía no puede ejercer su cargo en el sentido de actuar ad extra de forma jurídicamente eficaz como administrador de los bienes, si queda ya obligado a actuar a cualquier otro efecto como administrador colaborador del juzgado en defensa e interés de los bienes del causante que ha de administrar.
En ese sentido, señala la resolución que no cabe duda de que ya queda bajo el ámbito de aplicación del artículo 2 del Decreto 2091/1971 sobre la regulación administrativa de la sucesión intestada a favor del Estado, que obliga a una serie de sujetos, entre ellos al administrador del fallecido, a comunicar el fallecimiento intestado a Hacienda.
Según la Sala no tiene razón la actora cuando argumenta que el artículo 2 se refiere exclusivamente al administrador en vida, precisión o distinción que no está en el texto del Decreto. En opinión de los magistrados, el sentido de dicho precepto es claro, y es imponer la obligación de comunicar a Hacienda la sucesión intestada de cualquier fallecido a quienes puedan conocer dicha circunstancia en razón de su cargo, y para ello resulta indiferente que se trate del administrador en vida o de un administrador judicial post mortem.
Sin sentido
Para la Sala es evidente que 'no tendría sentido otorgar premio alguno a las personas que, por ejercer determinadas funciones públicas o encontrarse en una determinada relación personal o profesional con el fallecido, tienen la obligación legal estipulada en el artículo 2 del Decreto 2091/1971 de comunicar a Hacienda la sucesión intestada de una persona, circunstancia que han conocido precisamente por razón de su cargo como lo es un administrador judicial o de la relación con el fallecido contemplada en la ley'.
Para la Sala no tiene sentido premiar algo a lo que se tiene obligación por razón del cargo
 
EXPANSIÓN, 21/07/2006
La empresa acusa al administrador de no pagar a la Seguridad Social     
José Luis Plaza, abogado defensor de los antiguos administradores de Afinsa, y Rafael Noguero, actual interventor de la compañía, acusaron ayer al administrador judicial, Javier Grávalos, de dejar de pagar las cuotas de los empleados del grupo a la Seguridad Social 'para permitir que la Agencia Tributaria pueda presentarse como acreedora al concurso'. 'Lo que en 20 años no había hecho la compañía, lo está haciendo el administrador para dejar que la Agencia Tributaria sea juez y parte', señaló Plaza en una rueda de prensa en la que se habló de un nuevo informe del administrador judicial nombrado por la Audiencia Nacional para la compañía.
En éste, que fue entregado el pasado 14 de julio al Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, se recoge un inventario provisional de sellos, que fija un valor de tasación de 2.128,39 millones de euros, basándose en una muestra aleatoria de sellos de los diferentes lotes en propiedad de la compañía sometidos a la supervisión de un experto independiente; y tomando como referencia, el precio de catálogo, y, en otros, su valoración a precio de coste.
Según Plaza, esta tasación contradice las acusaciones de que existiera 'un agujero patrimonial en Afinsa' al que no se pudiera hacer frente. La Fiscalía fijaba en su querella que éste ascendía a 1.780 millones de euros a finales de 2004, 'por lo que los más de 2.200 millones en sellos cubrirían ese supuesto agujero', dijo Plaza.
En una comparecencia ante el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, que sustituye al juez Pedraz durante sus vacaciones, Grávalos, que fue destituido el pasado 17 de junio para agilizar el concurso de insolvencia que se tramita por vía mercantil, matizó que la información contenida en el citado informe fue elaborado 'por el propio sistema informático de Afinsa, y no ha sido objeto de comprobación por parte del administrador judicial'.
Según él, 'esto no supone en ningún caso rectificar ni modificar los aspectos relativos a la situación patrimonial de Afinsa', cuyos sellos, según Grávalos, deben ser tasados por expertos independientes designados por la Audiencia. Por otra parte, Afinsa entregó ayer un avance del plan de viabilidad que prepara y un recurso contra el nombramiento de la Agencia Tributaria como administrador concursal.
La compañía ha recurrido el nombramiento de la Agencia Tributaria como parte en la administración concursal
 
INFORMACIÓN, 24/06/2005
M. ALARCÓN        
El administrador judicial ingresa en prisión sin fianza por malversación    
El acusado declara que invirtió 240.000 euros en crear una empresa y otros 300.000 están como garantía real
M. ALARCÓN
El magistrado Francisco Sanchís, titular del juzgado de Instrucción 3 de Elche, ordenó el martes por la tarde el ingreso en prisión sin fianza del administrador judicial, E. M. G., quien se ha declarado autor de una malversación de caudales públicos que ascendería a 540.000 euros (90 millones de pesetas), que eran propiedad de una empresa del sector de la construcción de Elche que había sido intervenida tras las discrepancias entre sus dos socios, que se habían cruzado querellas en los juzgados ilicitanos.
Como ya publicó ayer el diario, el interventor judicial se presentó el martes en los juzgados solicitando una entrevista con el juez que lo nombró para reconocer estos hechos, así como que habría alterado resultados contables de los libros de cuentas, por lo cual también se le imputaría un segundo delito de falsedad documental. En esta entrevista se habría hecho acompañar de un abogado de su confianza que le está asesorando.
El juzgado, de forma inmediata, procedió a revocar todas las autorizaciones dadas en su día para que esta persona pudiera intervenir en las cuentas de la mercantil, lo cual se reflejó en el envío de diligencias a cajas de ahorro y bancos. Al mismo tiempo, se dio cuenta a la Fiscalía de lo ocurrido. Además, el juzgado tendrá que nombrar un nuevo administrador judicial e intentar conocer la cuantía exacta del dinero defraudado, algo que tendrá que realizarse dentro del proceso penal que se ha abierto en el juzgado de Instrucción 3 de Elche.
En la declaración de E. M. G. del martes habría asegurado que el destino de parte del dinero -concretamente de 240.000 euros- habría sido para constituir una empresa. Dicha inversión, al parecer, no habría funcionado de forma conveniente dejando un saldo deudor. Otros 300.000 euros los habría dado como garantía real en otra operación mercantil particular. Al parecer, en su testifical habría asegurado sufrir una enfermedad bipolar como única justificación.
El juzgado de Instrucción quiere instruir con la mayor rapidez este asunto por las repercusiones que tiene y por el hecho de que se trataba de un profesional nombrado por otro juzgado para actuar en nombre de la Administración de Justicia; es decir, un cargo de confianza. De hecho, ayer comenzó a llegar al juzgado parte de la documentación sobre las cuentas de la sociedad.
 
LA GACETA, 23/09/2002
Sobre la retribución del administrador judicial     
LAS empresas españolas contarán próximamente con una nueva regulación en materia concursal que promete mejorar la gestión de las situaciones de iliquidez, insolvencia y quiebra empresarial en nuestro país. El Proyecto de Ley, actualmente en pleno proceso de tramitación en el Parlamento, superará en muchos aspectos a la normativa actual. No obstante, en materia de retribución de la Administración Judicial, entendemos que se debería de hacer un mayor esfuerzo, intentando homogeneizar el sistema de retribución a aquél recogido en la legislación concursal de otros países de la Unión Europea, con el fin de aunar tanto una situación beneficiosa para la concursa con el trato equitativo al Administrador por el trabajo realizado.
La nueva regulación debería contemplar procedimientos para garantizar que existan fondos suficientes para remunerar al Administrador. La preferencia absoluta de sus honorarios, frente a todo tipo de deudas, incluyendo las del Estado, nos parece una propuesta adecuada para asegurar una correcta actuación del administrador.
Los profesionales que actúen en los órganos del concurso no deberían asumir riesgos de cobro por sus servicios a llevar a cabo, por lo que sus derechos deberían ser satisfechos con anterioridad a cualesquiera otros que pudieran concurrir en el procedimiento. Es, por tanto recomendable la creación de un fondo general autónomo para retribuir a los Administradores por la realización del trabajo autorizado por el Juez, en el caso de que no hubiese fondos suficientes en la concursa.
La remuneración que el Administrador vaya a percibir por su trabajo debería ser justamente fijada por el Juez del concurso, cobrando siempre en función de la dificultad del procedimiento y no sólo en función de las cifras del balance de la compañía en situación de concurso. De esta manera se suprimiría la forma propuesta en el Proyecto de Ley Concursal, de división de la remuneración entre los tres Administradores (Abogado 40%, Auditor 40% y Acreedor 20%) por una retribución basada en el esfuerzo y la dificultad de la labor cumplida, que entendemos supone una fórmula más justa para los Administradores participantes y las empresas.


EL PAÍS, 03/10/2008
Las quiebras en la construcción empantanan los juzgados mercantiles    
Se dispara el número de familias que se acogen a procesos concursales    
'Nos sentimos como si tratáramos de beber agua de la manguera de un bombero', afirma Sanjuán, perteneciente a la primera promoción de jueces especializados en derecho mercantil. Además de los 150 procesos concursales, en el juzgado de lo Mercantil 1 (y único) de Málaga se han presentado este año 328 procedimientos por otras materias, como demandas civiles de competencia desleal, transporte, condiciones de contratos o arbitraje.
Este volumen de entradas duplica a Sevilla y triplica a Cádiz, las provincias con mayor litigiosidad. 'Málaga es la provincia que más empresas crea y destruye. Sin embargo, mientras los juzgados de Cádiz y Sevilla tienen nueve funcionarios, nosotros sólo tenemos siete, y dos de ellos son de apoyo', se queja el magistrado. Sanjuán considera 'urgente' la creación de uno o dos juzgados mercantiles en la provincia para paliar el 'colapso abismal' de su sede. Hasta el 24 de septiembre han entrado en el juzgado 6.463 escritos, frente a los 3.963 del mismo periodo de 2007. 'Estamos sometiendo a los funcionarios a un auténtico mobbing ', afirma.
Sanjuán se ha reunido en busca de ayuda con la nueva delegada de Justicia en Málaga, Blanca Sillero, y con el delegado de Economía, Enrique Benítez. 'Soportamos la carga de cinco juzgados en uno solo y eso afecta actualmente a 195 empresas vivas, inmersas en concursos. El buen funcionamiento del juzgado afecta directamente a la economía. Un concurso debería tramitarse completamente en unos dos años y con este colapso tardamos de tres a cinco, y subiendo', asegura.
De momento, el magistrado sólo ha recibido buenas palabras: 'La única explicación que me dan para no reforzar el juzgado es que no hay dinero'. En los próximos días, los jueces mercantiles de Málaga, Sevilla y Cádiz, tienen previsto emitir un comunicado para protestar por la falta de recursos de sus juzgados. El Colegio de Abogados de Málaga y el PP también han reclamado la apertura de dos nuevas sedes.
Aproximadamente el 50% de los concursos que empantanan el juzgado mercantil malagueño pertenecen a empresas dedicadas a la construcción y sus derivados. Normalmente predominan las pequeñas y medianas empresas, con una media de cuarenta empleados y un pasivo declarado de entre cinco y 40 millones de euros.
La situación previsiblemente se agravará en los próximos meses. El presidente de la Asociación de Constructores y Promotores, José Prado, auguró un 'parón generalizado' a partir de noviembre. El mismo diagnóstico de 'paro absoluto' en el sector del ladrillo hace el presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Málaga, Jerónimo Pérez Casero.
El proceso concursal es un procedimiento enormemente complejo que incluye, entre otras, nombrar un administrador judicial, tramitar las acciones civiles que se tomen contra el patrimonio del concursado, gestionar los contratos de trabajo de la empresa, la ejecución de sentencias y las medidas cautelares que afecten al patrimonio de la empresa en suspensión de pagos. El tiempo transcurrido entre la presentación del concurso de acreedores por parte de la empresa debido a falta de liquidez o solvencia y su declaración por el juez es vital. 'La ley dice que debemos declararla en el mismo día o al siguiente, y eso es imposible dada la carga de trabajo', afirma Sanjuán, que ha escrito artículos sobre la organización de la oficina judicial mercantil, que data de 1870, y que ahora se encuentra enfrascado en redactar un libro técnico sobre los concursos en promotoras y constructoras.
Además de complicado, acogerse a la ley concursal es bastante caro. 'La publicación obligatoria en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de tirada nacional cuesta unos 4.000 euros, que pueden elevarse a 9.000 en el caso de las anotaciones en el Registro Mercantil, en el caso de las empresas de mayor tamaño', calcula el magistrado, que prevé tener ocupados todos los fines de semana hasta diciembre.
A pesar de lo costoso que resulta, 16 familias malagueñas se han acogido a la ley concursal y se han declarado en suspensión de pago de sus deudas. El hecho de que personas físicas recurrieran a esta medida era algo anecdótico hasta ahora -en 2007 sólo lo pidieron dos familias-, pero las peticiones se han disparado. El proceso concursal se cierra bien cuando la persona física o jurídica que lo presenta logra un acuerdo para el pago de la deuda, mediante un convenio que fija cantidades y plazos, o bien mediante la liquidación de los activos y su reparto entre los acreedores.

Ver también Acusaciones y falsas acusaciones de INSOLVENCIA PUNIBLE
ERE Expediente de Regulación de Empleo
plan de viabilidad
denuncias falsas
extorsiones 
tráfico de influencias 
negociaciones prohibidas
cohecho 
malversación 
prevaricación 
estafas 
APROPIACIONES INDEBIDAS
INSOLVENCIAS PUNIBLES

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Una investigación criminológica muy necesaria