El reconocimiento de rostros puede ser muy intuirivo, y muy entrenado.
El talento natural para identificar a las personas por sus caras puede
producir falsos positivos y falsos negativos y tiene como principal
limitación ser subjetivo y difícilmente explicable. Por
el contrario, la formación especializada y el estudio de
rostros, gestos y diferencias entre imágenes dubitadas e
indubitadas permite al perito judicial poder explicar ante fiscales y jueces
las razones por las que pertenecen, o no, a una misma persona.
Actualmente hay miles de imágenes de delincuentes no
identificados policialmente que pueden y deben ser revisadas y
cotejadas con las de sospechosos, y este proceso policial puede ser complementado por un perito judicial
privado, porque se cometen errores o quedan sin comprobar diferencias
fisonómica relevantes en perjuicio de inocentes mientras los
auténticos culpables siguen libres, sin que nadie se ocupe o
preocupe.
Los ojos, y más aún la mirada directa, lo que mejor
caracteriza y posibilita el reconocimiento humano, permaneciendo
durante mucho tiempo en la memoria de cualquier persona
cualquier otra persona con la que se ha tenido un contacto visual con
reconocimiento recíproco. Pero los delincuentes saben que la
mirada directa a un testigo puede delatarles definitivamente y suelen
esconder sus ojos con gafas evitando cualquier contacto visual directo.
En cualquier caso, el reconocimiento de una víctima traumatizada
por un delincuente siempre puede ser erróneo, porque existen
muchas tendencias e incluso intenciones al identificar a un sospechoso,
por muy cuidada y garantista que sea la rueda de reconocimiento que se
haga.
La antropología
forense, epistemológicamente, es una de
las subdisciplinas de la
antropología biológica.
El término Antropología
biológica define una instancia
cualitativamente superior de la
antropología cuyo inicio data de
la segunda mitad del siglo XX. Actualmente, las
tecnologías de fotografía y vídeo posibilitan
tratamientos de imágenes con asistencia del ordenador utilizando
programas gráficos muy sofisticados, pero nunca se puede confiar
definitivamente en una identificación automática, porque
los sistemas informáticos tienen gravísimos fallos y
están muy lejos de detectar y evidenciar las diferencias como lo
hace un perito fisonomista. El análisis fisonómico es una
de las mayores responsabilidades que puede asumir un identificador como perito judicial.
No hay unicidad de criterios con respecto a su utilización, pero
tiene como principales fines el estudio
de los restos óseos
esqueléticos con objeto de llegar
a la identificación personal, mediante muy diversas
técnicas. Lamentablemente, no existen
protocolos, fórmulas o recetas
automáticamente validez para las identificaciones
fisonómicas, y de hecho, las pruebas periciales realizadas por
los policías son muy distintas entre sí. Lo que sí
que existen son algunos principios y bases metodológicas
publicadas, relacionadas con las técnicas de observación
y discriminación, que resumiendo pragmáticamente, son las
siguientes:
• Hay que dividir la imagen en muchos elementos y las facciones en rasgos
• Hay que dividir las expresiones de cada rasgo
• Hay que evaluar la rareza de cada rasgo y su expresión
• Hay que evaluar la fiabilidad del reconocimiento y del instrumental empleado
El Instituto de Estudios de la Policía edita la Revista Ciencia
Policial (en la que hace ya algunos años, concretamente en el
nº 20 de 1993 este perito también tuvo el honor de publicar
un artículo), cuyo nº 79 contiene el artículo
“Identificación de seres humanos vivos en imágenes
por la policía científica”, del alemán Prof.
Friedrich W. Rösing, cuya influencia en la identificación
policial española ha sido, y sigue siendo, muy importante.
De la detenida y meditada lectura de ese artículo, y del estudio
de los principios que el mismo autor presentó en
el 9th Biennial Scientific Meeting of
the International Association for Craniofacial
Identification en Washington, DC July 24–28, 2000, así
como por otras publicaciones europeas principalmente relacionadas con
la asociación alemana AGIB (Arbeitsgruppe Identifikation nach
Bildern), y con varios grupos de trabajo del FBI (Federal Bureau of
Investigation) norteamericano, considerando especialmente varias
publicaciones, todas ellas en inglés, de artículos en
Forensic Science Communications y Crime Laboratory Digest
y otras referencias del FBI, así como los
estudios de la Guardia Civil, todos ellos fallidos, para identificar al
famoso delincuente Jaime Jiménez Arbe, más conocido como
"El Solitario" y otros casos extremos de identificación policial
y judicial como la que se basó en el vídeo supuestamente,
aunque también muy discutiblemente, del español
actualmente condenado a muerte en EEUU, Pablo Ibar, me han permitido
presentar y defender, como perito judicial,el dictamen publicado en http://www.miguelgallardo.es/fisonomista.pdf
Creo que la identificación es un proceso psicológico.
Siempre, y en cualquier caso. Incluso cuando el que identifica es un
animal, sigue siendo un proceso psicológico, aunque sea de
psicología animal. Puede ser más o menos institntivo,
intuitivo, racional, preciso y estar basado directamente en los
sentidos o utilizar el instrumental más sofisticado y complejo,
pero repito, siempre, absolutamente siempre, es un proceso
psicológico. Para comprender bien lo que esta realidad
significa, hay que diferenciar entre sensaciones y percepciones, y
conocer la(as) teoría(s) de la(s) percepción(es)
aplicables en cada caso.
Los sentidos nos engañan, según Descartes. Podemos y
debemos dudar de ellos. Pero los instrumentos también pueden ser
burlados con suficiente habilidad. En nuestros tiempos hay demasiado
culto al instrumento presuntamente infalible con el que se pretende identificar a culpables o
responsables de acciones u omisiones y es labor del perito criminalista
realizar identificaciones humanas forenses o impugnar las incorrectas en el
ámbito policial o judicial por muy avanzados que hayan sido los
sistemas de identificación empleados mediante un peritaje de identificaciones de voces o fisonomista. Fuera de los juzgados, un perito informático o criptólogo
puede ser muy útil para aclarar diversos tipos de
equívocos que pueden darse, entre otros, con homónimos o
datos incorrectos o contaminados.
Existen muy diversos tipos de identificaciones periciales que pueden
ser clasificadas por su objeto (análisis de ADN, de rostros,
huellas datilares, escritura, voces, olores, etc)
jurisdicción civil o penal,
finalidad inculpatoria o exculpatoria, concluyente o excluyente, y
también por las múltiples tecnologías y
metodologías aplicables a la identificación. El ADN o DNA
en inglés, la lofoscopia o dactiloscopia, el reconocimiento
facial, la pericia caligráfica o grafología
identificativa, la identificación de voces en escuchas, y el análisis
de olores característicos de las personas pueden parecer
igualmente resolutivos, pero hay profundas diferencias físicas y
metafísicas, porque la identificación por un
código esencial e irrepetible es muy distinta, y superior, a
cualquier identificación por actos, acciones o actuaciones, por
muy características de un individuo que pudan parecer. Somos lo
que somos, y tenemos lo que tenemos físicamente pero no somos lo
que hacemos, ni se nos debe identificar por lo que hacemos. Ni debemos
permitir que nadie nos confunda irresponsablemente, sean cuales sean
sus credenciales y la supuesta fiabilidad de sus aparatos o
métodos.
La lógica de la identificación, o más exactamente,
la lógica del identificador
diferencia sujetos, objetos,
relaciones, normas y leyes de composición interna y externa de
cada sujeto u objeto. Hay una filosofía de la
observación, dentro de la filosofía de la Ciencia,
y cada identificación depende de sus observaciones y sus
propias
teorías, desde el Organon de Aristóteles y la Isagoge de
Porfirio. Nuestra especialidad es la refutación u
oposición a identificaciones incorrectas, investigando falsos positivos y falsos negativos para lo que estudiamos cada caso que se
nos presente pericialmente con el máximo interés.