@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO Tel. (+34) 902998352 | E-mail: apedanica.ong@gmail.com @APEDANICA Asociación con registro del Ministerio del Interior: https://www.cita.es/apedanica.pdf Este documento ha sido generado íntegramente por Inteligencia Artificial para APEDANICA. Todos los derechos reservados 1992-2026.
Este análisis jurídicamente profundo aborda el texto completo de la Instrucción 2/2026 del Consejo General del Poder Judicial, publicado en el Boletín Oficial del Estado (Disposición 2205, núm. 27, 30 de enero de 2026, BOE-A-2026-2205), y contextualiza sus principios, reglas, usos permitidos/prohibidos y riesgos desde una perspectiva legal, doctrinal y de derecho comparado. :contentReference[oaicite:0]{index=0}
La Instrucción 2/2026 tiene por objeto **establecer criterios, pautas de uso y principios jurídicos para la utilización de sistemas de Inteligencia Artificial (IA)** por parte de jueces y magistrados en el ejercicio de la actividad jurisdiccional, con el propósito de generar un marco uniforme, transparente y compatible con la Constitución Española y el Derecho de la Unión Europea. :contentReference[oaicite:1]{index=1}
Su ámbito se extiende a **cualquier sistema de IA potencialmente empleado en tareas jurisdiccionales**, incluidas las herramientas de IA generativa que produzcan contenidos como texto, resúmenes, predicciones o recomendaciones jurídicas. :contentReference[oaicite:2]{index=2}
El preámbulo de la Instrucción incorpora la referencia explícita al Reglamento (UE) 2024/1689, que establece normas armonizadas para garantizar una IA fiable y centrada en derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de sistemas de alto riesgo, incluyendo aquellos utilizados en la administración de justicia. :contentReference[oaicite:3]{index=3}
Además, se alinea con principios de la “Carta Europea de Ética sobre el uso de la IA en los sistemas judiciales y su entorno” adoptada por la CEPEJ y complementada recientemente por directrices CEPEJ 2025/18 sobre IA generativa para tribunales. :contentReference[oaicite:4]{index=4}
La Instrucción contiene un *catálogo explícito de principios jurídicos* que deben guiar la utilización de IA en materia judicial, entre los que destacan:
La Instrucción deja claro que los sistemas de IA pueden utilizarse únicamente como **instrumento de apoyo o asistencia a funciones jurisdiccionales**, y nunca como sustituto de la función deliberativa humana. :contentReference[oaicite:11]{index=11}
Entre los usos permitidos se incluyen:
La Instrucción exige que **solo se utilicen sistemas de IA facilitados por las administraciones competentes o por el propio CGPJ**, y sujetos a control de calidad y auditoría. :contentReference[oaicite:16]{index=16}
La Instrucción regula la **generación de borradores mediante IA**, permitiéndola exclusivamente como asistencia. El juez o magistrado debe revisar y validar **personal, crítica y completamente** el contenido antes de incorporarlo en la decisión jurisdiccional definitiva. :contentReference[oaicite:17]{index=17}
Esto es coherente con jurisprudencia de la UE y doctrina que subraya que la IA puede ser una herramienta de productividad, pero nunca debe desplazar el juicio independiente y responsable del profesional legal. :contentReference[oaicite:18]{index=18}
La Instrucción prohíbe expresamente:
La regulación exige pleno respeto a la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) cuando se utilicen sistemas de IA, prohibiendo el uso indiscriminado o masivo de datos judiciales y obligando a medidas técnicas de seguridad, trazabilidad e integridad. :contentReference[oaicite:24]{index=24}
El incumplimiento de los criterios, pautas y principios establecidos puede dar lugar a responsabilidades conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás normativa aplicable. :contentReference[oaicite:25]{index=25}
Además, el CGPJ asume funciones de supervisión y control del uso de IA en el ámbito jurisdiccional. :contentReference[oaicite:26]{index=26}
Como obligación final, la Instrucción dispone que el CGPJ ofertará actividades formativas a jueces y magistrados para garantizar competencia adecuada en el uso de IA. :contentReference[oaicite:27]{index=27}
@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO Tel. (+34) 902998352 | E-mail: apedanica.ong@gmail.com @APEDANICA Asociación con registro del Ministerio del Interior: https://www.cita.es/apedanica.pdf Este documento ha sido generado íntegramente por Inteligencia Artificial para APEDANICA. Todos los derechos reservados 1992-2026.