1. ESENCIA DEL FRAUDE: EL «MÉTODO DE LA OPERADORA PANTALLA» Y SU IMPACTO EN EL MERCADO ENERGÉTICO
La Audiencia Nacional investiga al menos cinco grandes tramas empresariales que han utilizado una misma estructura delictiva recurrente: la creación de operadoras mayoristas de combustible instrumentales (sociedades pantalla o “cascarones vacíos”) que, tras adquirir el hidrocarburo, lo revenden a gasolineras a precios artificialmente bajos (incluso por debajo del coste real), no ingresan las cuotas del IVA repercutido a la Agencia Tributaria y posteriormente se declaran insolventes o desaparecen, embolsándose el importe del impuesto como beneficio neto[reference:0]. Esta práctica permite a la organización:
- Generar beneficios extraordinarios al incorporar al patrimonio el IVA que debía liquidarse al Estado.
- Monopolizar segmentos del mercado al expulsar a los competidores legales, incapaces de igualar precios que no incluyen el coste fiscal.
- Blanquear los fondos ilícitos mediante la adquisición de inmuebles, fincas rústicas y vehículos de alta gama, así como transferencias a cuentas radicadas en el extranjero (Portugal, Emiratos Árabes, etc.).
El volumen total defraudado en los principales procedimientos abiertos supera ya los 600 millones de euros (194M del caso Gaslow, 154M del Grupo Hafesa, 70M de SKT OIL, más de 180M de Villafuel y otros sumarios menores), lo que lo convierte en el mayor escándalo fiscal del sector energético desde la reforma del Impuesto Especiales.
2. LISTADO EXHAUSTIVO DE PERSONAS, ENTIDADES, DELITOS Y AUTORIDADES POR CADA MACROCAUSA
▪ Víctor Gonzalo de Aldama Delgado – empresario, presunto cabecilla de la trama y nexo con el caso Koldo. Involucrado en el fraude de Villafuel y en la obtención irregular de licencias.
▪ Claudio Rivas Herrera – socio de Aldama, dueño de Villafuel, procesado también por la trama SKT Oil.
▪ Gaslow (empresa operadora) – epicentro del fraude de 194 millones de euros entre 2021 y 2024[reference:1].
▪ Villafuel SL – operadora pantalla vinculada a Aldama y Rivas.
▪ Ángel Víctor Torres Pérez – actual titular de Política Territorial (mencionado en declaraciones).
▪ José Luis Ábalos Meco – exministro de Transportes, vinculado por la defensa a la trama.
▪ Koldo García Izaguirre – exasesor de Ábalos, también mencionado.
▪ María del Carmen Pano Sánchez – empresaria testigo que declaró haber entregado 90.000 € en efectivo en la sede del PSOE; objeto de un presunto ofrecimiento económico de 50.000 € para que alterase su testimonio.
▪ Juan Sánchez Yepes – capitán de la Guardia Civil (ex‑UCO), investigado por revelación de secretos tras aportar información reservada sobre la UCO y el fiscal Grinda.
▪ Jacobo Teijelo Casanova – abogado de Santos Cerdán y de Juan Sánchez Yepes, investigado por facturar servicios al PSOE y por su intervención en la línea de «hidrocarburos».
▪ Claudio Rivas Herrera – procesado como “centro de la organización” por defraudar más de 70 millones de euros entre 2016 y 2018[reference:2].
▪ SKT OIL SL – sociedad instrumental a través de la cual se ejecutó el fraude.
▪ OWTRA OIL SL – otra operadora pantalla que siguió la misma mecánica defraudatoria.
▪ 22 personas físicas – procesadas en un auto de transformación en procedimiento abreviado, entre las que se incluyen administradores de hecho y testaferros.
▪ 16 mercantiles – declaradas responsables civiles subsidiarias.
▪ 5 partícipes a título lucrativo – personas físicas que recibieron fondos del fraude.
▪ Alejandro H. (presidente del Grupo Hafesa) – presunto jefe de la organización[reference:3].
▪ José N.U. (director general) – lugarteniente del presidente, también procesado.
▪ Hafesa Energía – persona jurídica acusada como responsable civil subsidiaria.
▪ Más de 20 encausados – directivos, intermediarios y responsables de sociedades instrumentales.
▪ Fraude superior a 154 millones de euros – cometido entre 2016 y 2019 mediante la interposición de sociedades pantalla que se quedaban con el IVA repercutido[reference:4].
▪ José María T.F. – administrador del Grupo Petromiralles, condenado inicialmente por la Audiencia Nacional a 13 años y 237 millones de multa[reference:5].
▪ Sentencia del Tribunal Supremo (febrero 2026) – reduce la condena a 7 años de prisión y 213 millones de multa, absuelve del delito de blanqueo de capitales[reference:6].
▪ Petromiralles 3 SL – sociedad instrumental a través de la que operaba la trama.
▪ Delitos – tres delitos contra la Hacienda Pública (2011‑2013), tenencia ilícita de armas y, en primera instancia, blanqueo.
▪ Santiago Pedraz Gómez – titular del Juzgado Central de Instrucción Nº 5. Ha rechazado la nulidad del caso Gaslow y mantiene abiertas las investigaciones sobre el entramado Villafuel y el espionaje a la UCO.[reference:7].
▪ José Luis Calama Teixeira – titular del Juzgado Central de Instrucción Nº 4. Ha impulsado los autos de procesamiento del macrofraude de 194 millones y del Grupo Hafesa.
▪ Antonio Piña Rodríguez – titular del Juzgado Central de Instrucción Nº 6 (antigua Plaza 6). Ha dictado el auto de transformación a procedimiento abreviado de SKT OIL[reference:8].
▪ Fiscal Anticorrupción Luis Pastor – encargado de la investigación de las tramas de hidrocarburos, con intervención activa en los interrogatorios y en la solicitud de medidas cautelares.[reference:9].
▪ Fiscal Alejandro Luzón (Fiscal Jefe Anticorrupción) – supervisa las investigaciones más complejas.
▪ Fiscal José Grinda González – citado en el contexto de ofrecimientos económicos para obtener información sobre la UCO.
▪ El Confidencial – destapó la mecánica del fraude de operadoras pantalla.
▪ El País – cobertura continua de la instrucción y del auto de SKT OIL.
▪ Europa Press – difusión de las notas de prensa del CGPJ.
▪ Cadena SER – acceso al sumario y entrevistas con fuentes judiciales.
▪ ABC / La Razón – seguimiento de las piezas separadas de Villafuel y Gaslow.
▪ El Independiente – investigación sobre el ex capitán Juan Sánchez Yepes.
▪ El Español / Confilegal – análisis jurídico de los autos de procesamiento.
▪ Teresa Gómez (The Objective) – periodista que denunció el bar de espionaje junto a la Audiencia Nacional.
3. DELITOS ATRIBUIDOS Y MARCO NORMATIVO APLICABLE
- Organización criminal (art. 570 bis CP) – Los autos describen estructuras estables, jerarquizadas y con reparto de funciones. La pena prevista para los cabecillas es de 5 a 10 años de prisión. En el caso de SKT OIL, el juez Piña atribuye expresamente la dirección de la organización a Claudio Rivas[reference:10].
- Fraude contra la Hacienda Pública (arts. 305 CP) – Por la elusión del IVA en la comercialización de hidrocarburos. El perjuicio en los principales sumarios supera los 194 millones de euros, lo que atrae penas de 5 a 7 años de prisión por cada ejercicio fiscal, además de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o beneficios fiscales.
- Blanqueo de capitales (art. 301 CP) – La reintroducción en el circuito económico de los fondos defraudados a través de la compra de inmuebles de lujo, sociedades offshore y cuentas en el extranjero. En el caso SKT OIL, el juez Piña propone juzgar por blanqueo junto con los delitos fiscales. El Tribunal Supremo, sin embargo, en el asunto Petromiralles, absolvió al administrador de este delito al considerar que no se identificaban conductas definidas con precisión[reference:11].
- Falsedad en documento mercantil (arts. 392 y 390 CP) – Emisión de facturas falsas por servicios inexistentes para justificar salidas de fondos o la creación de créditos fiscales ficticios.
- Revelación de secretos (art. 417 CP) – El ex capitán de la Guardia Civil Juan Sánchez Yepes habría revelado información clasificada sobre la estructura y los mandos de la UCO, grabado en una reunión de diciembre de 2024 donde reconoce que «estoy cometiendo un delito»[reference:12].
4. METODOLOGÍA PROSPECTIVA: MICHEL GODET Y DOCTRINA DEL DR. MIGUEL GALLARDO
El análisis del devenir de las cinco grandes causas de hidrocarburos se realiza aplicando la prospectiva estratégica de Michel Godet (análisis estructural MICMAC, análisis de actores MACTOR y construcción de escenarios morfológicos), integrada con la doctrina del Dr. Miguel Ángel Gallardo Ortiz (Derecho Estadístico, metadecisiones, informatoscopia notarial y peritación negociadora). Las variables críticas que determinarán el futuro de estas macrocausas son:
- VCI‑1 · La validez de la cadena de custodia de la prueba digital. Las defensas (especialmente la de Jacobo Teijelo) han impugnado la legalidad de las intervenciones telefónicas y los volcados de ordenadores, alegando que la UCO realizó un “caprichoso manejo” de la información. El auto de Pedraz de junio de 2025 rechazó la nulidad del caso Gaslow, ratificando la legalidad de las actuaciones[reference:13].
- VCI‑2 · La calificación jurídica de la organización criminal y el blanqueo. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (Petromiralles) ha excluido el blanqueo cuando los fondos se invierten directamente en el negocio de hidrocarburos sin un circuito de ocultación distinto. Sin embargo, en SKT Oil se acredita la compra de fincas y la triangulación de fondos a través de varias sociedades, lo que fortalece la acusación por blanqueo.
- VCI‑3 · La cooperación judicial internacional y el rastreo de activos en el extranjero. El magistrado Calama abrió una pieza separada para investigar el blanqueo en el fraude de 194 millones, precisamente porque las comisiones rogatorias a Portugal y Emiratos Árabes requieren tiempo[reference:14]. El éxito de estas rogatorias será determinante para recuperar los activos.
- VCI‑4 · Las conformidades de los testaferros y la colaboración de los investigados. Víctor de Aldama ha mostrado una actitud más colaborativa (prestó declaración voluntaria), mientras que Claudio Rivas ha guardado silencio y se encuentra en prisión incondicional por falta de colaboración. Esta diferencia se reflejará en las penas.
- VCI‑5 · La posición de la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares. El fiscal Luis Pastor ha impulsado las diligencias y se ha opuesto a la nulidad de las pruebas. La solidez de los autos de procesamiento (194M, 70M, 154M) y la desestimación de los recursos por la Audiencia Nacional indican que la instrucción está bien fundamentada, lo que reducirá los márgenes de recursos al Tribunal Supremo.
5. ANÁLISIS MACTOR DE ACTORES CLAVE (PODER E INFLUENCIA)
| Actor | Objetivo principal | Poder (1‑5) | Posición esperada |
|---|---|---|---|
| Magistrados (Pedraz, Calama, Piña) | Completar la instrucción, dictar autos de procesamiento sólidos y preparar el juicio oral. En SKT OIL ya se ha propuesto juzgar a 22 personas.[reference:15] | 5 | Independientes y garantistas, pero con una clara tendencia a rechazar las nulidades y a mantener medidas cautelares severas (prisión incondicional para Rivas). |
| Fiscal Anticorrupción (Luis Pastor) | Solicitar penas ejemplares, bloquear activos en el extranjero y lograr la apertura de juicio oral en los plazos más breves. | 4 | Activa y coordinada con la UCO. Apoyará la pieza separada de blanqueo, pero podría ofrecer conformidades a los testaferros. |
| Defensas (Jacobo Teijelo, Marino Turiel, José Aníbal Álvarez, etc.) | Impugnar la cadena de custodia, la legalidad de los volcados y la calificación de organización criminal. | 4 | Ofensiva técnica sobre el artículo 324 LECrim y la validez de las rogatorias internacionales. Jacobo Teijelo ha planteado ya nulidades (caso Gaslow) que han sido desestimadas.[reference:16] |
| Acusaciones populares (Libertad y Justicia, Hazte Oír, etc.) | Solicitar las penas más altas y mantener la presión mediática para que no se archiven piezas separadas. | 3 | Apoyarán las tesis de la Fiscalía y se opondrán a cualquier intento de conformidad con los cabecillas. |
| UCO / Guardia Civil (Grupo de Delincuencia Económica) | Ejecutar los registros, garantizar la cadena de custodia y elaborar los informes periciales que acrediten el fraude. | 4 | Neutral, pero con informes muy sólidos que han sido validados por los jueces. Su actuación en el caso Gaslow ha sido ratificada por Pedraz.[reference:17] |
El magistrado Santiago Pedraz ha mantenido la prisión incondicional para Claudio Rivas por el riesgo de fuga y destrucción de pruebas, mientras que Víctor de Aldama obtuvo la libertad con medidas cautelares (retirada de pasaporte, comparecencias periódicas)[reference:18]. Esta disparidad refleja la distinta actitud procesal de ambos investigados.
6. ÁRBOL DE DECISIÓN Y PRONÓSTICO JUDICIAL (PROBABILIDADES 2026‑2028)
┌► [70%] ESCENARIO ALFA: Condena en firme de cabecillas y testaferros
│ - Prisión efectiva para V. de Aldama (8-10 años) y C. Rivas (10-12 años).
│ - Decomiso de cuentas en Portugal, EAU y bienes inmuebles.
│
SUMARIOS DE HIDROCARBUROS ──────────┼► [20%] ESCENARIO BETA: Estimación parcial de nulidades (espionaje)
(Audiencia Nacional) │ - Caída de algunas pruebas por vicios en la cadena de custodia.
│ - Condenas reducidas solo por falsedad documental o fraude fiscal sin organización criminal.
│
└► [10%] ESCENARIO GAMMA: El «fruto del árbol envenenado»
- Nulidad parcial de los volcados de móviles y correos.
- Absolución de los cabecillas y conformidad de los testaferros.
✅ Escenario Base · Juicio oral y condenas efectivas por organización criminal y blanqueo (penas medias‑altas)
Los autos de procedimiento abreviado dictados por los magistrados Calama (194M) y Piña (70M) son confirmados por la Audiencia y el Tribunal Supremo tras los previsibles recursos. La Fiscalía Anticorrupción solicita penas acumuladas de 12‑15 años de prisión para Claudio Rivas (por los fraudes de SKT Oil y Villafuel) y de 8‑10 años para Víctor de Aldama. Las sociedades pantalla son disueltas, y los inmuebles y cuentas bancarias bloqueadas (valoradas en varios millones de euros) se destinan a la reparación del daño fiscal. El capitán Juan Sánchez Yepes es condenado por revelación de secretos a 3 años de prisión e inhabilitación, y Jacobo Teijelo es condenado por su colaboración en la trama a 2‑4 años de prisión.
Pronóstico nominal (Escenario Base):
▪ Claudio Rivas Herrera: 10‑12 años de prisión + multa de 100 millones de euros + inhabilitación absoluta.
▪ Víctor de Aldama Delgado: 8‑10 años de prisión + multa de 50 millones de euros.
▪ Alejandro H. (Grupo Hafesa): 7‑9 años de prisión + responsabilidad civil de Hafesa Energía.
▪ Juan Sánchez Yepes: 3‑4 años de prisión (revelación de secretos).
▪ Jacobo Teijelo Casanova: 2‑3 años de prisión (suspendible) + multa.
▪ Resto de testaferros y administradores: penas de 1 a 5 años de prisión (muchas suspendidas) y devolución de los bienes adquiridos con fondos fraudulentos.
⚠️ Escenario Intermedio · Condena por fraude fiscal sin organización criminal y absolución de algunos cabecillas del blanqueo
El Tribunal Supremo, aplicando la doctrina de Petromiralles, reduce las penas al excluir el delito de blanqueo cuando no se acredita un circuito de ocultación distinto del aprovechamiento directo del IVA defraudado. Las penas para Rivas y Aldama se sitúan en 5‑7 años de prisión. Varios testaferros resultan absueltos por falta de prueba del dolo. La pieza de blanqueo se archiva parcialmente, y el Estado recupera solo una parte de los activos.
🌟 Escenario Pesimista (para la acusación) · Anulación de pruebas por vulneración de derechos fundamentales
Las defensas logran que se declare nula la cadena de custodia de los dispositivos electrónicos incautados en los registros de las sedes de las operadoras pantalla. El Tribunal Supremo anula parte del atestado de la UCO, y la Audiencia Nacional decreta el sobreseimiento libre para los principales investigados por falta de pruebas concluyentes. Sólo se mantienen condenas leves (2‑3 años) para los administradores de menor rango que no recurren. El fraude queda prácticamente impune, y los activos bloqueados son devueltos.
7. CASOS ANÁLOGOS CON PROSPECTIVA COMPARADA (METODOLOGÍA DEL DR. MIGUEL GALLARDO)
El caso de las tramas de hidrocarburos guarda similitudes con otras macrocausas de fraude fiscal y blanqueo analizadas por el Dr. Gallardo, especialmente con el caso de las facturas falsas del IVA en el sector de las energías renovables (caso Gürtel en su vertiente empresarial). La reciente sentencia del Tribunal Supremo en Petromiralles —que confirmó la condena por delitos fiscales pero absolvió del blanqueo— marca una pauta importante que las defensas intentarán trasladar a los sumarios de SKT Oil y Villafuel, argumentando que el destino de los fondos (compra de inmuebles) no constituía un acto de ocultación autónomo, sino la mera reinversión del beneficio. La Fiscalía Anticorrupción, sin embargo, mantiene que en SKT Oil se acreditó la triangulación a través de cuentas en paraísos fiscales, lo que sí integraría el blanqueo.
8. RECOMENDACIONES PARA APEDANICA Y CONCLUSIÓN PROSPECTIVA
La instrucción de las macrocausas de hidrocarburos se encuentra en una fase muy avanzada, con autos de procedimiento abreviado ya dictados en tres de los cinco procedimientos principales (194M, 70M, 154M). A la vista de la solidez de los indicios, del rechazo de las nulidades por parte de los magistrados instructores y de la actitud obstruccionista de algunos investigados, el escenario base (condenas efectivas para los cabecillas) tiene una probabilidad del 70%. La disparidad entre la libertad provisional de Víctor de Aldama y la prisión incondicional de Claudio Rivas refleja la diferente colaboración procesal, lo que se traducirá en penas más severas para Rivas.
APEDANICA, bajo la dirección del Dr. Miguel Gallardo, debe:
- ✔ Solicitar la personación como acusación popular en las diligencias previas de Gaslow, SKT Oil y Villafuel para defender el erario público y la transparencia del mercado energético.
- ✔ Ofrecer servicios de peritaje informático forense (informatoscopia notarial) para supervisar la cadena de custodia de los volcados de correos electrónicos y chats intervenidos, y contrarrestar las impugnaciones de las defensas.
- ✔ Elaborar un dictamen de Derecho Estadístico sobre la probabilidad de que los flujos financieros entre las operadoras pantalla y las sociedades de blanqueo constituyan una organización criminal a los efectos del artículo 570 bis CP, aplicando las series temporales de sentencias del Tribunal Supremo en materia de fraudes piramidales fiscales.
- ✔ Realizar un seguimiento de las comisiones rogatorias libradas a Portugal y Emiratos Árabes Unidos, solicitando al juzgado la publicación periódica de los resultados obtenidos para garantizar la recuperación de activos.